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Medicare Parte B (seguro médico) cubre el transporte terrestre en ambulancia cuando necesita ser transportado a un hospital, hospital de acceso crítico o centro de enfermería especializada para recibir servicios médicamente necesarios, y el transporte en cualquier otro vehículo podría poner en peligro su salud. Medicare puede pagar el transporte en ambulancia de emergencia en un avión o helicóptero a un hospital si necesita transporte en ambulancia inmediato y rápido que el transporte terrestre no puede proporcionar.
En algunos casos, Medicare puede pagar el transporte en ambulancia limitado, médicamente necesario y que no sea de emergencia si tiene una orden por escrito de su médico que indique que el transporte en ambulancia es médicamente necesario. Por ejemplo, es posible que necesite un transporte en ambulancia médicamente necesario a un centro de diálisis si tiene una enfermedad renal en etapa terminal.
Usted paga un coseguro del 20% de la cantidad aprobada por Medicare, incluido el deducible de la Parte B.
Medicare solo cubrirá los servicios de ambulancia hasta el centro médico apropiado más cercano que esté disponible para brindarle la atención que necesita. La compañía de ambulancias debe darle un «Aviso anticipado de no cobertura para el beneficiario (ABN)» cuando se apliquen ambos:
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